Licencias de Actividad en Madrid

Licencias de Actividad en Madrid

A día de hoy, para poder obtener las Licencias de Actividad en Madrid, existen dos procedimientos establecidos por la Ordenanza de Actividades Económicas. A continuación, pasamos a describir cada uno de ellos:

-Procedimiento de Declaración Responsable:

Es el procedimiento mas rápido y sencillo de cara a obtener Licencias de Actividad en Madrid, ya que te permite presentar el impreso de Declaración Responsable junto con la Documentación Técnica necesaria para cada tipo de actuación, y realizar obras e incluso iniciar tu actividad al día siguiente. La grán mayoria de actuaciones, pueden acogerse a este procedimiento, dependiendo del tipo de Actividad a implantar y por supuesto, las obras a realizar. Siempre y cuando no se trate de actividades con algún tipo de incidencia medioambiental o  restricción especifica en cuanto a Protección contra incendios, y las obras necesarias para la adecuación del local no requieran de proyecto técnico según la Ley de Ordenación de la Edificación, es probable que puedan tramitarse las Licencias de Actividad en Madrid por este procedimiento.

La documentación técnica para este procedimiento puede ir desde un Documento descriptivo y justificativo suficiente de la actividad y sus instalaciones, acompañado de Planos y Presupuesto, hasta un Proyecto técnico de Edificación, dependiendo siempre de la actividad y las obras a realizar.

-Procedimiento de Licencia:

Es el procedimiento establecido por la Ordenanza de Actividades Económicas para la tramitación de todas las actuaciones que no puedan realizarse por el procedimiento de Declaración Responsable. Este procedimiento es algo mas exigente en cuanto a Documentación Técnica y puede llevar mas tiempo su tramitación hasta la obtención de tus Licencias de Actividad en Madrid. Aunque a pesar de ser un procedimiento mas complejo que el de Declaración Responsable, se han acortado bastante los plazos en comparación con los antiguos procedimientos.

En este caso la Documentación técnica necesaria es como mínimo Proyecto Técnico firmado por Técnico colegiado, pudiendo ser necesario también Proyecto Técnico de Edificación  firmado por Arquitecto según establece la Ley de Ordenación de la Edificación.

Por supuesto, cada actuación es distinta a cualquier otra y siempre es necesario un estudio previo que confirme la Viabilidad Urbanística y que pueda concretar y encuadrar dicho trámite en el procedimiento adecuado. Tanto para este estudio previo como para la realización y confección de toda la documentación Técnica necesaria, es conveniente consultar a un Especialista Técnico en Licencias de Actividad en Madrid.

 

 

 

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