¿Qué tengo que hacer para obtener mi Licencia de Actividades e Instalaciones?
– El primer paso de cara a la obtención de una Licencia de Actividades e Instalaciones es el estudio previo de la Viabilidad Urbanística. El Plan General de Ordenación Urbana es el encargado en delimitar tanto las obras como los usos permitidos en cada una de las zonas de la ciudad. En la ciudad de Madrid existen distintas figuras de Ordenación que nos marcan si la actividad y obras que pretendemos realizar están permitidas en dicha zona.
-Una vez comprobado que la actuación a realizar es completamente viable, debemos encuadrar nuestra actividad a implantar en el procedimiento de licencia que le corresponda. Hoy en día existen únicamente dos procedimientos para tramitar una Licencia en Madrid: El procedimiento de Declaración Responsable y el Procedimiento de Licencia.
Para poder enmarcar nuestra actuación en uno de estos dos procedimientos, debemos basarnos en lo descrito en los Ámbitos de aplicación de cada uno de ellos, establecidos en los Artículos 14 y 25 respectivamente de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la ciudad de Madrid.
-A continuación tenemos que averiguar qué tipo de documentación técnica nos van a exigir para la tramitación de nuestra Licencia de Actividades e Instalaciones. Nos pueden solicitar, dependiendo de la actuación a realizar, desde un Proyecto Técnico firmado por Técnico Colegiado hasta un Documento descriptivo suficiente de la actuación a realizar formado por Memoria descriptiva y justificativa del cumplimiento de la normativa, Planos del estado actual y reformado y Presupuesto de las obras e instalaciones a realizar.
En ambos casos es imprescindible el asesoramiento por un Técnico especialista en Licencias, debido a la enorme dificultad que puede suponer la interpretación de toda la Normativa de aplicación, la cual va desde el Código Técnico de la Edificación hasta el Plan General de Ordenación Urbana, pasando por todas las Ordenanzas específicas existentes que se encargan de regular Publicidad, Evacuación de Aire enrarecido, Contaminación acústica, etc.
-Una vez tenemos nuestra documentación técnica elaborada por el Técnico especialista, debemos pagar las tasas por tramitación de Licencia de Actividades e Instalaciones establecida por el Ayuntamiento y proceder al registro de toda la documentación exigida para el procedimiento que nos corresponda.
El Ayuntamiento puede solicitar aclaraciones o subsanación de deficiencias en referencia a la documentación aportada. Como ultima comprobación realizará visita de inspección directamente en el local, para cotejar que lo proyectado en la documentación coincide con la realidad del local, y que dicho local y actividad se encuentran en completo cumplimiento de toda la Normativa.